Reglamento Sobre Rendimiento Académico Estudiantil .

Artículo 45: Para retirar de manera formal o informalmente una asignatura , el estudiante deberá pagar diez veces el costo de la asignatura, tantas veces como la retire , haciendo efectivo el pago al momento del retiro de la misma o al inscribirse , salvo una situación de fuerza mayor justificada por la escuela correspondiente.

Artículo 46: El estudiante que haya hecho retiro total de tres semestres, consecutivamente o no , deberá recibir autorización de la Dirección de Orientación profesional para reinscribirse después del tercer retiro .

Párrafo : Si un estudiante , por causa justificada , ha tomado todas las evaluaciones parciales y no ha tomado la evaluación final , tendrá derecho a que se le aplique las misma .

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